Emite INE reglamento para designación y remoción de consejeras y consejeros de los OPLES

•El procedimiento de selección de Consejeros Locales será abierto y transparente: Lorenzo Córdova

2015-03-11

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El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad el Reglamento para la designación y la remoción de las y los Consejeros Presidentes y las y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES).

El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, mencionó que el proceso de selección aprobado en el Reglamento muestra avances en cuanto a la transparencia y escrutinio público en cada una de sus etapas.

“Este va a ser un procedimiento abierto y transparente, lo que constituye la mejor garantía para que la subjetividad en el proceso de selección se acote”, aseguró.

Lorenzo Córdova agregó: “lo que hemos articulado es un procedimiento que evalúa en distintos momentos diversas aptitudes, conocimientos en una primera instancia, capacidad no sólo de escribir, sino de identificar problemas, de discernirlos, de analizarlos y eso se puede hacer gracias a un ensayo y finalmente conocer aptitudes”.

Por su parte, el Consejero Marco Baños, Presidente de la Comisión de Vinculación con los OPLES, explicó que el proceso de selección se llevará a cabo en siete etapas: una convocatoria pública, el registro de los aspirantes, la verificación de los requisitos legales, un examen de conocimientos, el ensayo presencial, la valoración curricular y entrevistas, y las observaciones de los partidos políticos, las cuales se tomarán en consideración antes de que las designaciones se lleven al Consejo General.

Señaló que el documento introduce modificaciones sustanciales al proceso de designación de las y los Consejeros Locales que el Instituto siguió durante 2014 para integrar los Consejos de 19 entidades del país.

La normativa aprobada establece que la remoción de los integrantes de los Consejos Locales obedecerá a las conductas establecidas en la legislación electoral como lo son: atentar contra la independencia e imparcialidad de la función electoral; acciones que impliquen subordinación respecto de terceros; tener notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de las funciones; dejar de desempeñar injustificadamente las funciones o las labores que tenga a su cargo; y violar de manera grave las reglas, lineamientos, criterios y formatos que emita el Instituto; entre otras.

En el desarrollo de la sesión, las y los Consejeros Electorales aprobaron el Reglamento del Instituto Nacional Electoral para el ejercicio de las atribuciones especiales vinculadas a la función electoral en las entidades federativas.

El Consejero Marco Baños, explicó que el documento establece los mecanismos que serán implementados en los procedimientos de asunción total o parcial de una elección local, la atracción de atribuciones locales por parte del INE, y el ejercicio de facultades de delegación del Instituto a los OPLES en materia de fiscalización.

Asimismo, el pleno del Consejo General conoció un informe respecto de los ingresos provenientes de las actividades convenidas con los Institutos Estatales Electorales los cuales fueron considerados como ampliaciones líquidas al Presupuesto del Instituto Nacional Electoral. El documento da cuenta de que por este concepto, el INE ha obtenido una ampliación equivalente a 5.2 millones de pesos.  

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