Las nuevas reglas de la facturación electrónica
Los cambios que obligan al contribuyente a emitir una factura electrónica han generado muchas interrogantes, aquí algunas respuestas concretas que nos acercan al tema, con la C.P. y MA. en Derecho Fiscal, Leticia Pérez Romero
2011-01-31
ESPECIAL ENTREVISTA
JAVIER VAZQUEZ EGUIA / REPORTERO
Los cambios que obligan al contribuyente a emitir una factura electrónica han generado muchas interrogantes, aquí algunas respuestas concretas que nos acercan al tema, con la C.P. y MA. en Derecho Fiscal, Leticia Pérez Romero
1.- Cómo surge la urgencia de aplicar ahora la facturación electrónica?
Desde 2005, la facturación electrónica era un esquema opcional. La reforma al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, dispone que a partir del 1 de enero de 2011 los contribuyentes deban expedir documentos digitales como comprobantes por las actividades que realicen, lo que supone una transición de un esquema opcional a un uso generalizado de facturación electrónica.
2.- En qué consiste?
La facturación electrónica es un mecanismo de comprobación fiscal que se basa en el aprovechamiento de medios electrónicos para la generación, procesamiento, transmisión y resguardo de los documentos fiscales de manera digital. La factura electrónica cumple con los requisitos legales de los comprobantes tradicionales y garantiza, entre otras cosas, la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que genera una mayor seguridad jurídica, y disminuye los riesgos de fraude y de evasión fiscal ocasionados por la generación de comprobantes apócrifos que afectan a la economía formal.
Los contribuyentes que utilizan la facturación electrónica han visto sus beneficios en materia de seguridad, disminución de costos, optimización de controles internos, impulso de mejores procesos tecnológicos y cambio de prácticas, por lo que han ido incrementando paulatinamente su uso, disminuyendo o eliminando la emisión de comprobantes impresos.
3.- Cual es la diferencia entre la factura de papel y la electrónica?
La factura de papel es la que un Impresor o Imprenta autorizada por el SAT, nos hacía, podíamos mandar imprimir de acuerdo a la necesidad de la empresa, con una vigencia de 2 años. Actualmente esos Impresores o Imprentas ya no están autorizados para imprimir facturas como lo hacían antes, hasta el 31 de diciembre 2010, pudieron hacerlo bajo ese esquema.
La factura electrónica digital, como su nombre lo indica es por medios electrónicos, es decir por medio de la instalación de un software, ya sea que se instale en la empresa, o bien acudir a un Proveedor Autorizado de Certificación por el SAT.
4.- ¿Qué Requisitos deben contener las Facturas Electrónicas?
Las impresiones de las Facturas Electrónicas emitidas por medios propios deben cumplir con algunos requisitos de acuerdo al artículo 29-A del CFF, como Nombre, denominación o razón social del emisor, la Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor, el Domicilio fiscal de quien los expida, un Número de folio asignado por el SAT; el lugar y fecha de expedición, la Clave del Registro Federal de Contribuyente de la persona a favor de quien se expida, la cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen, el Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra, los impuestos que deban trasladarse, en su caso, desglosados por tasas, entre otros.
5.- Quienes estarán obligados a realizarla?
A partir del 1º de Enero 2011, los contribuyentes con ingresos mayores a 4 millones de pesos al año.
6.- Hay algunos sectores productivos que están exentos o es en general?
La obligación ahorita, se basa en los Ingresos Percibidos no en la Actividad que se realiza. Si es un adquirente de productos del Sector Primario o Minero o bien, Arrendatario de Espacios para la colocación de publicidad o antenas de telefonía, deberá adoptar la modalidad de facturación electrónica a través de adquirente.
7.-Hay alguna prórroga para los que no tengan acceso a la tecnología (internet) como por ejemplo en las zonas apartadas (campesinos).
Se prevé una etapa de transición, a fin de permitir la incorporación de manera paulatina de los contribuyentes a este esquema de comprobación, dándoles margen para tomar las medidas pertinentes y evitarles contratiempos en su operación.
8.- De qué manera afectará a las empresas esta disposición fiscal?
Pues tanto como afectar no, pero todo cambio requiere tiempo, dinero y esfuerzo, ya que es difícil aceptarlo y más cuando es obligado. Lo importante es que el SAT emitirá los Folios, es decir la numeración consecutiva de las Facturas Electrónicas Digitales, por lo que llevará un control no solo de eso sino también de las Facturas que se vayan elaborando, ya que cada mes hay que enviarle un Informe de todas nuestras facturas emitidas; también con este nuevo esquema controlará las fechas de emisión de la factura, pues llevará impreso la fecha con hora y minutos; datos que antes en la factura de papel no contenía.
9.- Hay que hacer algún trámite en especial para realizarla?
Sí, debe contar con contar con Firma Electrónica Avanzada vigente y tramitar al menos un Certificado de Sello Digital, contar con un sistema informático para la generación de las Facturas Electrónicas 2011. (El sistema informático lo podrá desarrollar usted mismo, o bien, adquirir o arrendar a un tercero) y enviar a validar las facturas electrónicas al proveedor autorizado de certificación.
10.- Que es la firma electrónica avanzada?
La Firma Electrónica Avanzada "Fiel" es un conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor legítimo de éste, tal y como si se tratara de una firma autógrafa.
11.- Para qué sirve?
Para hacer consultas y trámites fiscales; en algunos casos es requisito, es decir no puedes hacer el trámite si no cuentas con FIEL.
12.- Quienes estarán obligados a tramitar esta firma electrónica avanzada?
De acuerdo con las reformas al Código Fiscal de la Federación, publicadas en el Diario Oficial el 28 de junio y 27 de diciembre de 2006, todos los contribuyentes están obligados a tramitarla.
13. ¿Cuál será la sanción si un contribuyente emite o utiliza facturas electrónicas que no reúnan requisitos fiscales?
Se sancionará con las mismas penas aplicables al delito de defraudación fiscal, esto es prisión a quien les de efectos fiscales, dependiendo del monto de lo defraudado.
Tomado de la edición impresa de La Capital, Expresión de Tamaulipas, del 30 de enero del 2011.
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