SAT lanza Programa de Regularización Fiscal 2026
Medida está orientada a inducir cumplimiento y facilitar que personas físicas y empresas respondan por adeudos
2026-01-22
Medida está orientada a inducir cumplimiento y facilitar que personas físicas y empresas respondan por adeudos
2026-01-22
Ciudad de México | 22 de enero de 2026.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció la puesta en marcha del Programa de Regularización Fiscal 2026, una medida orientada a fortalecer la cultura del cumplimiento y facilitar que personas físicas y empresas regularicen adeudos correspondientes al ejercicio fiscal 2024 o anteriores.
El programa está dirigido a contribuyentes con ingresos de hasta 300 millones de pesos en 2024 y ofrece reducciones de hasta el 100% en multas, recargos y gastos de ejecución. En el caso de créditos integrados únicamente por multas, la reducción puede alcanzar hasta el 90%, conforme a lo establecido en la Ley de Ingresos de la Federación 2026.
Beneficios aplican a multas derivadas del incumplimiento de obligaciones
El estímulo aplica a multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior, incluidas aquellas distintas a las de pago o con agravantes. También cubre recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones propias, retenidas, trasladadas, aprovechamientos o cuotas compensatorias.
Para acceder al programa, los contribuyentes no deben haber recibido condonaciones en programas generalizados previos, ni haber sido beneficiados por el estímulo fiscal previsto en el Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos 2025. Tampoco deben contar con sentencia firme por delitos fiscales ni aparecer en los listados definitivos de los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
Tres supuestos para acceder al programa
El SAT detalló que el programa aplica a contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes escenarios:
I. Contribuciones omitidas autodeterminadas (ejercicio 2024 o anteriores)
Los contribuyentes podrán aplicar el estímulo al presentar sus declaraciones y autodeterminar la contribución omitida. El beneficio se reflejará únicamente en los recargos y deberá manifestarse en la sección de pago del formulario correspondiente. El pago debe realizarse en una sola exhibición antes del 31 de diciembre de 2026.
II. Contribuyentes sujetos a facultades de comprobación
Podrán acceder al estímulo quienes subsanen irregularidades, se autocorrijan y paguen dentro del plazo del procedimiento, siempre que sea antes de la notificación de la resolución y a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
III. Créditos fiscales firmes
Incluye a personas y empresas con créditos fiscales firmes no impugnados o respecto de los cuales se desistan de su medio de defensa. La solicitud debe presentarse antes del 31 de octubre de 2026 mediante caso de aclaración o de forma presencial.
En estos casos, el SAT permitirá pagar hasta en seis parcialidades, siempre que la última se cubra antes del 30 de noviembre de 2026 y el contribuyente no se encuentre en concurso mercantil o quiebra. El incumplimiento anula el estímulo y los pagos se aplicarán conforme al artículo 20 del Código Fiscal.
Además, la presentación de la solicitud suspende el procedimiento administrativo de ejecución sin necesidad de garantizar el interés fiscal y detiene el plazo de prescripción.
El estímulo no se considera ingreso acumulable para efectos del ISR ni genera derecho a devolución, deducción, compensación o saldo a favor. La autoridad mantiene sus facultades de verificación para confirmar el cumplimiento de los requisitos.
Orientación y canales de atención
El SAT habilitó el minisitio oficial del programa y mantiene disponibles sus canales de atención:
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