Reforma electoral de AVA
GRANO DE ARENA / Juan Carlos López Aceves
2026-05-28
GRANO DE ARENA / Juan Carlos López Aceves
2026-05-28
Durante la sesión celebrada el 4 de marzo 2025, la 66 Legislatura aprobó la Minuta de la reforma constitucional en materia de no reelección y nepotismo electoral, desechando un punto de acuerdo de GERARDO PEÑA FLORES, solicitando que su contenido se aplicara en la elección de 2027 y no hasta los comicios de 2030, como finalmente quedó.
En su parte transitoria, el Decreto estableció que la Federación, las entidades federativas y la Ciudad de México deberán adecuar sus Constituciones y demás ordenamientos correspondientes, en un plazo de ciento ochenta días naturales contados a partir de su entrada en vigor.
La diputada presidenta de la Mesa Directica, CYNTHIA JAIME CASTILLO, anunció que la Minuta resultó a aprobada por unanimidad y sin debate en la tribuna, ordenando que se corriera el trámite para dar aviso al Congreso de la Unión, para efectos del artículo 135 constitucional.
Posteriormente, el 9 de abril 2026, el Congreso del Estado aprobó la Minuta que reforma los artículos 115, 116 y 134 de la Carta Magna, para disminuir el costo de las Legislaturas, el tamaño de los ayuntamientos y ajustar salarios y demás prestaciones en los OPLE, como el que preside JUAN JOSÉ RAMOS CHARRE, así como en los Tribunales Electorales, como el que EDGAR IVÁN ARROYO VILLARREAL encabeza.
Igualmente, en la parte transitoria del Decreto, se estableció el mandato para que la 66 Legislatura y demás Congresos locales, ajustaran su normatividad en un plazo que vence el sábado 30 de mayo de 2026.
Viene a cuento el proemio anterior, porque el lunes de esta semana, el Dr. AMÉRICO VILLARREAL ANAYA, remitió al Congreso del Estado la iniciativa de reforma constitucional para atender el mandato de ambos Decretos, uno fuera del plazo establecido y el otro rayando en el límite.
Pero ya sabemos que, por no existir una consecuencia cuando se incumplen, este tipo de mandatos en la parte transitoria de los Decretos, son como los llamados a misa: se atienden cuando se quiere.
Refrendada por el Secretario General, HÉCTOR VILLEGAS GONZÁLEZ, la iniciativa del mandatario tamaulipeco propone reformar los artículos 20, 25, 30, 79 y 130, así como adicionar el 25 Bis, a la Constitución Política local, en materia de nepotismo electoral, no reelección, tamaños de los ayuntamientos y tope al presupuesto del Congreso del Estado.
Turnada a las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos Primera, bajo las presidencias de los diputados, ELIPHALETH GÓMEZ LOZANO y CLAUDIO DE LEIJA HINOJOSA, de la bancada guinda, la iniciativa fue dictaminada a favor, tras realizar un ejercicio de parlamento abierto, en el que participaron las consejeras y consejeros del IETAM, junto con el Secretario Ejecutivo, JUAN DE DIOS ÁLVAREZ ORTIZ.
“Con base en las nuevas disposiciones en cuanto a la integración de los ayuntamientos, 14 municipios eventualmente ajustarán a una sola sindicatura, en tanto que nueve municipios reducirán su número de regidurías. Sólo considerando la regla que establece un límite de 15 regidurías por municipio, en el Estado se ajustará a 48 regidurías menos”, dijo
JUAN JOSÉ RAMOS CHARRE en su intervención.
Recordemos que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 105 de la Carta Magna, la expedición de nuevas leyes electorales o las reformas a las ya vigentes, “deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales”.
Por esta razón, tomando en cuenta que el proceso electoral 2026-2027 inicia el segundo domingo del próximo mes de septiembre, el Congreso local tiene que aprobar la reforma constitucional enviada por el gobernador, AMÉRICO VILLARREAL ANAYA, a la brevedad posible.
Finalmente, de acuerdo a la parte transitoria de la iniciativa, lo concerniente al nepotismo electoral entrará en vigor a partir de la elección de 2027, junto con el achicamiento de los ayuntamientos en sus sindicaturas y regidurías.
Mientras que la no reelección se envía hasta los comicios de 2030.
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