Diputados reciben minuta de reformas a la Ley de Amparo

Proyecto prevé que los jueces desecharán de plano las recusaciones que busquen entorpecer o dilatar procedimientos

2025-10-06

Agencias

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Ciudad de México. – La Cámara de Diputados recibió del Senado la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Amparo, al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con el objetivo de actualizar procedimientos y fortalecer el uso de medios electrónicos en los juicios.

De acuerdo con el documento publicado en la Gaceta Parlamentaria, las reformas establecen que las promociones del juicio de amparo deberán presentarse por escrito, ya sea en formato impreso o electrónico, sin que el acceso al procedimiento pueda condicionarse al uso de medios digitales. Solo en audiencias, notificaciones y comparecencias autorizadas por la ley se permitirá la promoción oral, dejando constancia de lo esencial.

La minuta precisa que la firma electrónica tendrá los mismos efectos jurídicos que la autógrafa para ingresar al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación, enviar y recibir promociones, consultar acuerdos, resoluciones y sentencias.

En casos urgentes, cuando el domicilio se ubique fuera de la circunscripción territorial del órgano jurisdiccional pero dentro de una zona conurbada, las notificaciones podrán realizarse mediante actuario o actuaria. Asimismo, el Órgano de Administración Judicial será responsable de definir y actualizar los medios electrónicos aptos para notificaciones.

El proyecto también contempla que los jueces desecharán de plano las recusaciones que busquen entorpecer o dilatar los procedimientos, y permitirá ampliar la demanda únicamente cuando se trate de actos de autoridad estrechamente relacionados con los reclamados en la demanda inicial.

En materia fiscal, se faculta a los órganos jurisdiccionales para conceder discrecionalmente la suspensión de actos relacionados con determinación, liquidación o cobro de contribuciones, siempre que se constituya la garantía del interés fiscal. También podrán reducir el monto de la garantía o dispensarla en casos específicos.

El documento aclara que en los juicios de amparo contra normas generales no podrá otorgarse suspensión con efectos generales, y que el recurso será improcedente cuando se trate de créditos fiscales ya firmes por resolución de autoridad competente.

En los artículos transitorios, se establece que el Órgano de Administración Judicial contará con 360 días naturales para adecuar el Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación. Posteriormente, se publicará en el Diario Oficial de la Federación el aviso de inicio de registro de usuarios digitales para autoridades, quienes tendrán 180 días para crear sus perfiles y cumplir con el decreto.

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