Nueva Corte rechaza recursos en materia fiscal
Juzgadores habían permitido, desde 2008, que diversas solicitudes de revisión siguieran en trámite
2025-11-13
Juzgadores habían permitido, desde 2008, que diversas solicitudes de revisión siguieran en trámite
2025-11-13
CD. DE MÉXICO | 13 de noviembre, 2025. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió diversos asuntos relacionados con empresas que impugnaron créditos fiscales determinados por la autoridad hacendaria federal, derivados del Impuesto Sobre la Renta correspondientes a los ejercicios fiscales 2008, 2009, 2010, 2012 y 2013, así como sobre la posibilidad de deducir pérdidas por la venta de acciones.
En todos los casos, las empresas inconformes acudieron primero ante la autoridad administrativa mediante recursos de revocación, que fueron resueltos en su contra. Después interpusieron demandas ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el cual confirmó la legalidad de los créditos fiscales. Después de ello, promovieron juicios de amparo directo, que también fueron negados por los Tribunales Colegiados. Finalmente, las empresas presentaron recursos de revisión que llegaron a la Suprema Corte.
En cuatro asuntos, la Corte determinó que los recursos de revisión en materia fiscal sólo pueden admitirse cuando se plantean temas de relevancia constitucional o de derechos humanos con un interés excepcional, conforme al artículo 107 de la Constitución y a la Ley de Amparo.
En otros tres casos, la Suprema Corte consideró que los recursos de revisión interpuestos por las empresas no debieron admitirse a trámite, pues los temas discutidos ya han sido resueltos previamente en criterios obligatorios del propio Tribunal.
La Corte señaló que los asuntos analizados —como la deducción de pérdidas por venta de acciones o la aplicación de reglas del régimen de consolidación fiscal— no presentan cuestiones nuevas ni de relevancia constitucional.
Por ello, determinó revocar los acuerdos que habían permitido que esos recursos de revisión siguieran su trámite, al no cumplirse los requisitos de procedencia exigidos.
Con estas resoluciones, la Suprema Corte reafirma su compromiso con la legalidad, la certeza jurídica y la correcta aplicación de las normas en materia fiscal, fortaleciendo así su papel como garante de la justicia constitucional en México.
Los asuntos acordados son: Amparos Directos en Revisión 5145/2025, 5608/2025, 5731/2025 y 5654/2024, así como Recursos de Reclamación 566/2025, 544/2024, 547/2025. Resueltos en sesión de Pleno el 13 de noviembre de 2025.
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