SAT invita a las empresas a presentar a tiempo su Declaración Anual

Del 1 de enero al 31 de marzo, negocios y propietarios deberán cumplir con sus obligaciones fiscales

2025-03-04

AGENCIAS

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Ciudad de México | 4 de marzo del 2025 . - El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado mejoras en los formularios de la Declaración Anual de empresas 2024, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

Del 1 de enero al 31 de marzo, las empresas deberán presentar su Declaración Anual, la cual incluye la precarga de información en varios rubros. Entre las modificaciones se encuentran:

  • En el Régimen General, apartado "Gastos", se añadió un campo denominado "Devoluciones, descuentos y bonificaciones", con la precarga del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo ingresos y egresos, tanto con método de pago en una sola exhibición (PUE) como en parcialidades o diferido (PPD).
  • En la sección de Participación de los Trabajadores en las Utilidades pagada (PTU pagada), se agregó el campo "PTU no deducible".
  • El formato de este año mantiene la funcionalidad del apartado "Remanentes de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores", que incluye información de los ejercicios 2014 a 2023.
  • Las personas morales inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) en proceso de liquidación encontrarán en el formulario el campo "Nómina deducible de periodos anteriores", que incluye la nómina acumulada del periodo de liquidación. Además, en el apartado "Gastos" se añadió la sección "Devoluciones, descuentos y bonificaciones", con la precarga de los pagos provisionales.

Estas mejoras anuales permiten a los contribuyentes visualizar la información administrada por el SAT, facilitando la identificación de deducciones aplicadas y manteniendo la precarga en estados financieros para mayor certeza.

Para enviar la declaración a través del Portal del SAT en sat.gob.mx, es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) activa. También se recomienda estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del ISR de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos por arrendamiento, por honorarios, RESICO de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.

Las empresas deberán contar con servicio de banca electrónica para solventar cualquier saldo a cargo mediante transferencia electrónica a través del banco de su preferencia.

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