Diputados aprueban en lo general reformas a la Ley de Amparo

Con 345 votos a favor y 131 en contra, el dictamen avanza; discusión sigue en lo particular

2025-10-14

AGENCIAS

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Ciudad de México | 14 de octubre de 2025. — El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 345 votos a favor, 131 en contra y 3 abstenciones, el dictamen que reforma la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, así como disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

La iniciativa, presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, busca fortalecer el juicio de amparo como mecanismo de defensa de los derechos humanos y medio de control constitucional.

Cambios principales

Régimen transitorio: Los asuntos en trámite al momento de la entrada en vigor del decreto continuarán con las disposiciones vigentes al inicio del procedimiento, y no con las nuevas reglas.

Interés legítimo: Se precisa que la persona quejosa deberá acreditar una lesión jurídica real, actual y diferenciada, cuyo beneficio al obtener el amparo sea directo y no hipotético.

Promociones: Podrán presentarse en formato escrito o electrónico, sin que el acceso al procedimiento quede condicionado al uso de medios digitales.

Expedientes: El Órgano de Administración Judicial definirá la integración de expedientes físicos y electrónicos, garantizando el derecho de consulta de las partes.

Autoridades: Todas deberán contar con usuario en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación.

Aspectos fiscales y procesales

La reforma incorpora una causal para el amparo indirecto en casos de ejecución o cobro de créditos fiscales firmes, limitando su procedencia hasta la publicación de la convocatoria de remate. También establece que el plazo de 10 días para requerir documentos no podrá ampliarse por diferimiento de audiencia, salvo en casos excepcionales.

Asimismo, se fija que el fallo deberá emitirse en un plazo máximo de 60 días naturales tras la audiencia constitucional.

Suspensión y límites

El órgano jurisdiccional deberá ponderar el interés social y la apariencia del buen derecho antes de conceder suspensiones, evitando daños a la colectividad. No se permitirá otorgar suspensiones con efectos generales en casos de inconstitucionalidad de normas.

Reservas

La Mesa Directiva  de la Cámara informó que se presentaron propuestas de modificación a diversos artículos de la Ley de Amparo, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que serán discutidas en lo particular.

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