Juzgados desechan mayoría de amparos contra la ministra Lenia Batres

Resoluciones judiciales determinan que la libertad de expresión tiene límites frente a conductas abusivas, amenazas e injurias

2026-10-23

AGENCIAS

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Ciudad de México | 23 de octubre de 2026.- Dieciséis de los 17 juicios de amparo promovidos desde enero de 2024 por usuarios de la red social X contra la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres, han recibido resolución judicial, y en 14 de ellos los órganos jurisdiccionales determinaron sobreseer los casos al no acreditarse afectaciones a los derechos reclamados por los quejosos.

De acuerdo con un comunicado difundido por la oficina de la ministra, las demandas fueron presentadas en juzgados de distrito de la Ciudad de México, Guerrero, Puebla y Jalisco. Los promoventes argumentaron presuntas violaciones a la libertad de expresión y al derecho de acceso a la información, derivadas de bloqueos o restricciones para comentar publicaciones en la cuenta de la funcionaria.

Entre las resoluciones destacadas, el amparo indirecto 328/2026 estableció que la libertad de expresión no constituye un derecho absoluto y que conductas abusivas no están protegidas por las garantías constitucionales de información y expresión. El juzgado señaló que una persona servidora pública puede limitar la interacción en sus redes sociales cuando existan amenazas, injurias, calumnias, coacciones o incitaciones a la violencia dirigidas contra quien administra la cuenta o contra otros usuarios.

Por otro lado, en el juicio de amparo indirecto 297/2026-III, la autoridad judicial resolvió que no toda limitación relacionada con la forma de ejercer la libertad de expresión genera un efecto inhibidor contrario a la Constitución. Según la sentencia, la restricción a comentarios analizada en ese caso no obedeció a posturas ideológicas, opiniones críticas o desacuerdos con la ministra, sino a conductas consideradas abusivas y orientadas a la descalificación personal.

El comunicado añade que una última demanda relacionada con estos señalamientos permanece en revisión ante un tribunal colegiado y se encuentra pendiente de una resolución definitiva.

El posicionamiento sostiene que las decisiones judiciales emitidas hasta ahora respaldan la posibilidad de establecer límites a la interacción en redes sociales cuando se busque proteger a las personas usuarias frente a expresiones que rebasen el ejercicio legítimo de la libertad de expresión.

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